Uno de los conceptos novedosos que se han incorporado al ordenamiento jurídico es la sociedad anónima de capital variable (conocida como SICAV). De esta manera se cuenta con un marco legal para las inversiones colectivas estándar para el resto de países.
La SICAV es esencialmente una sociedad anónima, pero con determinadas particularidades derivadas de la Ley de Sociedades de Inversión y Fondos de Inversión. Por lo demás, la SICAV se rige por las reglas generales de sociedades anónimas recogidas en la Ley.
La SICAV emite dos tipos de acciones: acciones fundacionales y acciones de inversión. El capital social que se inscribe en el Registro Mercantil se limita al monto recaudado por la suscripción de las acciones fundadoras, es decir, la suscripción (y posiblemente el posterior rescate) de las acciones de inversión no tiene impacto en el monto del capital social. La emisión o recompra de dichas acciones de inversión tampoco está sujeta a los principios y reglas generales que de otro modo se aplican al aumento o disminución del capital de una sociedad anónima.
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